Organización administrativa de la Totalidad

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La Federación es una unión de Sistemas autónomos. Formalmente la Federación aspira a reunir la totalidad de los sistemas habitados por la Humanidad o Oikumene, de ahí su nombre coloquial de "Totalidad". Véase: La Totalidad y la Federación.

Es una federación de tipo simétrico donde la asimetría se tolera mediante el mecanismo de Estados asociados. Se rige por una constitución originada en el Concilio. Las circunstancias de ese momento de la Historia llevaron a los creadores de la constitución a crear un mecanismo basado en sistemas planetarios, con un fuerte énfasis en el comercio como fuerza estabilizadora.

Datos relevantes

Nombre oficial: Federación de Estados Humanos Soberanos.

Otros nombres:

  • La Federación (nombre coloquial).
  • La Totalidad (nombre informal; oficialmente desaconsejado. En la práctica: tanto o más extendido que "federación").
  • Federación Conciliar (anticuado).
  • EUC: Estados Unidos Conciliares (en desuso. Prácticamente nunca se empleó fuera del ámbito académico).

Mundos que abarca:

  • 118 de pleno derecho.
  • 23 Estados asociados.

Gobierno principal

La Totalidad se gobierna mediante un senado, que elige un pan-presidente cada 20 años. A su vez, el pan-presidente nombra un gobierno con un primer ministro. Cada sistema autónomo dispone de una cuota de senadores proporcional al número de habitantes y la potencia económica.

El gobierno federal es competente para las políticas de defensa, inteligencia, los asuntos exteriores referidos al Más Allá, el banco central y la justicia. Dicta también las directrices de sanidad, economía y finanzas.

La Federación no impone una norma específica sobre cómo deben organizarse sus miembros, pero impone una serie de condiciones que delimitan las opciones. Para ser miembro de la Federación, un Estado debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Controlar su propio sistema. No se admite una entidad menor que un planeta. Algunas micronaciones deben, a su vez, federarse previamente. Si el Estado no es capaz de controlar su sistema por sus propios medios, puede solicitar ayuda a la Totalidad, pero en ese caso solo puede ser un Estado asociado.
  • Garantizar la libre circulación de personas y mercancías. Los sistemas pueden regular el comercio de forma indirecta mediante cánones, regulaciones sanitarias, etcétera.
  • Garantizar los derechos de la persona, la libertad de religión, y la separación de poderes.

Organización política

Con algunas excepciones, la mayoría de Estados federales se organiza en sistemas planetarios o planetas de un mismo sistema con un acuerdo de confederación previo.

Las competencias de los Estados federales son las siguientes:

  • Defensa local: cada sistema debe ocuparse de su propia seguridad mediante sus propias fuerzas armadas, denominadas Servicio Local.
  • Sistema judicial. La mayoría de leyes son transposiciones de normas federales. La última instancia es el tribunal superior de justicia federal.
  • Sanidad. Siempre que se respeten las directrices sobre clones y la definición de humano.
  • Educación.
  • Asuntos sociales.
  • Medio ambiente.
  • Industria y energía.
  • Relaciones consulares: las relaciones diplomáticas con otros Estados federales y del Más Allá son de categoría menor y están supeditadas a las decisiones de los embajadores de la Totalidad.
  • Interior. Aunque hay una policía coordinada interplanetaria que depende del gobierno federal, y una policía judicial que depende de la Justicia y en la práctica es una rama autónoma de la Armada.

Organización interior

Internamente, cada sistema tiene la libertad de organizarse como desee, siempre que se cumplan unas condiciones elementales. Los Estados son de tamaño planetario, aunque hay algunas ciudades Estado. Son poco frecuentes, pero no raros, los sistemas planetarios con más de un Estado. Lo más frecuente es que las lunas y planetas de un sistema sean dependencias del planeta principal.