Código de Navegación
El Código de Navegación es una de las pocas normas admitidas en el 99% del Kalu, con transposiciones y algunos matices.
El conocimiento del código se reconoce con una licencia de vuelo expedida a quien pase los correspondientes exámenes. La licencia se exige a todo aquel que pilote naves que transiten territorio federal o cualquiera de sus intersticios. La licencia es obligatoria incluso si la nave está pilotada por una Inteligencia Artificial: dado que las IA carecen de personalidad jurídica, siempre hay un responsable subsidiario con licencia. Así mismo, las naves que pueden ser automáticas como vaivens, pinazas, y contenedores, deben estar asignadas a una persona con licencia que se haga responsable.
Las licencias pueden ser expedidas por cualquier autoridad adherida al convenio de navegación. Entidades menores del Más Allá son oficiosamente reconocidas como emisoras de licencias válidas en determinadas circunstancias.
La licencia es fuente de conflictos diplomáticos: al velar por su aplicación, la Armada actúa en numerosos casos donde su jurisdicción no está clara. También es frecuente que los agentes de la Ley aprovechen el código para retener a personas de interés a falta de otro pretexto.